La Ordenanza N° 5.350 de aplicación en el Municipio Capital, refiere al arbolado público para la ciudad de La Rioja, y establece criterios para tal fin. Algunos de ellos son: preferencias de especies autóctonas, indicación en planos municipales de cantidad de árboles por propiedad, tipo, especie, indicación en planos de urbanizaciones de "plan de arbolado" propuesto, prohibición de ciertas especies, ubicación respecto a ochavas, autorización para tareas de conservación, inspecciones por la Secretaría de Ambiente Municipal, fechas de poda, restricciones, sistema de sanciones, entre otras.
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